Bonos Subordinados necesariamente canjeables Banco Popular: Crónica de una muerte anunciada. El Banco Popular en el año 2009 emitió los Bonos Subordinados necesariamente canjeables Banco Popular colocándolos entre sus clientes como un producto excelente de renta fija, con una atractiva rentabilidad y con la garantía de que al vencimiento sus tenedores recuperarían íntegramente su capital en acciones. Desgraciadamente, este escenario no se produjo y ante el desastre patrimonial que generaría a los bonistas al vencimiento, en el año 2012, el Banco Popular propuso renovar la emisión por otra posterior alargando tres años más, hasta el 25 de noviembre de 2015, afirmando que el capital se recuperaría al 100%. Nada más lejos de la realidad, pues en aquellas fechas el Banco Popular tenía una delicada situación financiera que impediría que el valor del Bono se recuperaría, siendo plenamente conocedor el Banco del quebranto que se generaría entre los ahorradores. Esta afirmación no es gratuita, pues al poco de la renovación de la emisión se lleva a cabo un contrasplit de 1×5, con la consecuente caída del valor. ¿Acaso la entidad no tenía ya contemplado el contrasplit antes de la renovación de la emisión? Evidentemente si, y en ningún caso se advirtió a los tenedores de esta posibilidad y ante esta situación, ¿por qué el Banco Popular no hace lo posible para corregirlo?. Lógicamente no lo hizo, por la importante pérdida que le pueda generar en sus cuentas anuales velando por sus intereses en defecto de sus clientes. Estas razones, entre otras, en Vallverdú Abogados tenemos la convicción que la entidad, lejos de tratar de salvar el valor, lo atenúa evitando dañar su solvencia y trasladando las pérdidas a los tenedores de los bonos, de ahí que veamos la viabilidad de la acción judicial.]]>
Bonos Subordinados necesariamente canjeables Banco Popular: Crónica de una muerte anunciada.
por Rubén Cueto Vallverdú | Ago 24, 2015 | Blog, Bonos Convertibles Banco Popular | 0 Comentarios
