Hace menos de dos semanas, os traíamos una noticia sobre el caso Eroski, y cómo pretendía la compañía librarse de los ahorradores devolviendo sólo el 15% del dinero. También os explicábamos en otra entrada cómo podíais recuperar el 100% de vuestro dinero. Y hoy os traemos una nueva sentencia para demostraros por qué podemos hacer estas afirmaciones. El UPAD de 1º Instancia e Instrucción Nº1 de Bergara, Gipuzkoa falla a favor nuestro en otra sentencia más contra las AFS Eroski. Éstas aportaciones fueron adquiridas por nuestro cliente en junio de 2007 y en enero de 2008, en Caja Laboral, un viejo conocido nuestro, que pretendió alegar la caducidad del proceso al haber pasado más de 4 años desde su compra. Pero ya hemos contado en otras ocasiones, tanto sobre el caso Eroski como otros de distinta índole, que la caducidad no se produce hasta que se consuma el contrato, a saber, hasta que quede totalmente resuelto. En este caso, eso se refiere hasta que se han cumplido todas las obligaciones, es decir, hasta que aquél haya sido satisfecho por completo. Esto demuestra que, por mucho tiempo que haya pasado desde la adquisición de las aportaciones, siempre estás a tiempo de reclamar. Como siempre os dejamos a continuación la sentencia para descargar: SENTENCIA AFS CASO EROSKI CAJA LABORAL (BERGARA) 09.11.2015.
Caso Eroski
Eroski movió ficha hace menos de un mes, dando una opción no viable a todos los ahorradores que decidieron en su día confiar en una u otra caja de ahorros o banco. La quita del 30%, la devolución de sólo el 15% y la reinversión del 55% restante en aportaciones a 12 años es una clara tomadura de pelo. Debemos recordar que las participaciones preferentes no tienen una definición legal, si bien la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) ha señalado que son valores emitidos por una sociedad que no confieren participación en su capital ni derecho a voto, tienen carácter perpetuo, y su rentabilidad de carácter variable no está garantizada, dependiendo su liquidez de su negociación en un mercado secundario organizado. Se las califica de forma engañosa como instrumentos de deuda, aunque se trata en realidad de un híbrido entre las acciones y las obligaciones. Por estos motivos y muchos más ya tratados, no te dejes engañar. El acuerdo que propone la compañía para solventar los problemas del caso Eroski son, en esencia, un nuevo engaño. Muchas obligaciones, muchas pérdidas, y escasos e inprecisables beneficios. Aprovechamos para recordarte que puedes ponerte en contacto con nosotros a través del formulario, por email o por teléfono y te asesoraremos sobre tu caso. Recuperar tu dinero nunca había estado tan cerca. Pasa a formar parte del equipo ganador, del equipo de Vallverdú Abogados.
Trackbacks/Pingbacks