sentencias contra Caja Laboral por la colocación de AFS Eroski, de dos casos diferentes, una sentencia en 1ª instancia y otra en 2ª instancia, después de que Caja Laboral recurriese. Las dos son victorias para nuestros clientes, que recuperan su inversión íntegra y las costas del juicio. Hablaremos primero de la sentencia en primera instancia por el juzgado de instrucción número 3 de Bergara, Gipuzkoa. tal vez la más compleja de las dos, pues los demandantes, un matrimonio, llevaban más de 15 años como clientes de banca Premium en Caja Laboral. Además con un perfil de inversión conservador pero activo, y con una fuerte relacion de confianza con dicha caja al tener un familiar trabajando en ella. En el año 2002 contrataron con Caja Laboral unas AFS de Eroski, y como ya viene siendo muy habitual con este tipo de obligaciones subordinadas de riesgo, la falta de información y la promesa de beneficios rápidos fué la carnaza que la Caja puso en manos de nuestros clientes para colocar éstas aportaciones financieras subordinadas. Caja Laboral, durante el jucio alegó que nuestros clientes eran unos oportunistas por que “todo el mundo demanda”, y que conocían bien el producto financiero en cuestión. Pero como más tarde se demostró esto no era así, sino que aunque ya habían realizado otro tipo de inversiones, ninguna conllevaba un alto tipo de riesgo. Enlace de descarga de la sentencia: SENTENCIA CAJA LABORAL (BERGARA) 28.05.2015

Caducidad

Ya hemos explicado más a fondo cómo funcionan las AFS Eroski, y las AFS en general, como se puede ver en esta otra publicación. Pero un tema que aún no hemos tratado es el de la caducidad. Caja Laboral quiso desestimar el jucio alegando caducidad del procedimiento, pues los bonos habían sido obtenidos en el año 2002; pero como ya viene siendo habitual en este tipo de sentencias, la fecha se considera reiniciada siempre que exista algún tipo de variación sobre el producto contratado, y esto incluye la solicitud de información sobre el producto financiero. Si se ha pedido o preguntado al banco sobre cómo va la inversión, se toma esa como la fecha desde la que contar la caducidad del procedimiento, de modo que es muy difícil que estos procesos caduquen. Es importante tener esto en cuenta de cara a la reclamar a los bancos o cajas. Si has preguntado por tu inversión, ésta no caduca.

Sentencia en Segunda instancia

Y por otro lado os traemos la resolución en segunda instancia de la Audiencia Provincial de Gipozkoa que confirma la condena alcanzada ya por el Juzgado de Instrucción Nº7 de Donostia, en la que ya condenaba a Caja Laboral a devolver el total de la inversión realizada en 2007, intereses generados y costas del jucio a un cliente que había invertido un 10% de su patrimonio. Dinero que había obtenido después de traspasar un negocio de su propiedad y que tanto esfuerzo le había conseguido levantar. La sentencia en el siguiente enlace: SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL CAJA LABORAL (SAN SEBASTIAN) 19.05.2015 Sumamos pues estos dos casos a los ya exitosos que tenemos reclamando por las AFS de Eroski, un producto financiero complejo que fué colocado sin informar debidamente de sus riesgos, y que se ha convertido en un problema de gran calado para nuestros clientes.]]>

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