De nuevo, el Banco Popular es condenado a devolver todo el dinero a dos de nuestros clientes.

   Seguimos firmes en nuestra lucha por rescatar hasta el último céntimo que el Banco Popular se ha llevado a través del timo de sus bonos necesariamente canjeables y hemos vuelto a ganar una sentencia en la que se ha estimado íntegramente la demanda interpuesta contra la entidad Banco Popular Español.

   Si quieres saber más sobre este nuevo caso de éxito de nuestro despacho, sigue leyendo porque vamos a analizar esta sentencia que trae consigo un gran logro.

Nuestros clientes recuperarán todo su patrimonio: El Banco Popular es condenado a devolver todo el dinero

   En este caso, nuestros clientes firmaron en el año 2009 un contrato de adquisición de valores con el Banco Popular y llevaron a cabo su correspondiente renovación en 2012.

   Como ya nos es familiar acerca de esta entidad, el banco no informó ni de las condiciones del producto contratado ni de los riesgos asociados al mismo, convirtiendo en nulo el contrato en cuestión.

   Por este motivo, nuestro despacho de abogados, actuando como defensores de nuestros clientes contra el Banco Popular, solicitamos la declaración de nulidad de pleno derecho del contrato financiero de suscripción de adquisición de bonos del Banco Popular en el año 2009 y de su posterior renovación en 2012.

   ¿Cuál fue el fallo del Juez? El Banco Popular es condenado a devolver todo el dinero que les corresponde a nuestros clientes.

   Pero expliquemos mejor la resolución de esta demanda

Demanda íntegramente estimada contra el Banco Popular

   En la contestación a la demanda, la defensa de la entidad invocaba la excepción de caducidad de la acción de anulabilidad del contrato financiero.

   Sin embargo, este plazo de cuatro años, se empieza a contar desde que el afectado es consciente del error padecido.

   Como nuestros clientes no conocieron la forma en la que se desarrollaba su inversión ni la pérdida de la misma hasta el año 2015 y la fecha en la que se interpuso la demanda fue en julio de 2017, el plazo de caducidad no había expirado aún.

   En definitiva, hemos ganado esta sentencia ya que se ha desestimado la excepción de caducidad y se ha declarado la nulidad del contrato financiero al que nos referimos al principio de esta entrada, así como su renovación.

   Además, la entidad ha sido condenada al pago de las costas judiciales, por lo que estamos muy orgullosos del resultado obtenido.

   Como especifica nuestro título: El Banco Popular es condenado a devolver todo el dinero estafado una vez más y desde Vallverdú Abogados seguiremos luchando para ayudar a todos los afectados del Banco Popular a recuperar su dinero como lo han hecho los clientes protagonistas de esta sentencia.

   A continuación, podéis descargar la sentencia para leerla en su integridad: SENTENCIA JPI BANCO POPULAR (GIJON) 30.11.2017.

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