La Audiencia Provincial de Gijón confirma la nulidad de una tarjeta de crédito “revolving” emitida por BBVA por haber aplicado intereses abusivos

La Audiencia Provincial de Gijón ha fallado a favor de una cliente del BBVA que denunció la abusividad de los intereses a los que estaba sometido su contrato de tarjeta de crédito, de la variedad “revolving”. Este tipo de contratos van aumentando el límite de crédito a medida que se va saldando la deuda pendiente, de manera que la deuda crece hasta hacerse infinita y el consumidor termina pagando unos intereses desmesurados y desproporcionados para el crédito concedido.

Según Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados, despacho que ha representrado a esta consumidora, “las tarjetas revolving son uno de los productos financieros más peligrosos, en los que los consumidores se ven obligados a pagar unos intereses absolutamente exagerados y abusivos de los que ni siquiera se les informa. Se trata de una fórmula contra la que alerta el propio Banco de España.”

En este caso, la Audiencia Provincial de Gijón ha declarado nula la cláusula que establece el tipo de interés abusivo del pago aplazado con un TAE del 24,60%; la que establece el tipo de interés moratorio de un TAE anual del 26,82%, y la nulidad de las comisiones por reclamaciones de cuotas impagadas; además, condena a BBVA a la restitución de las cantidades que hubiera cobrado indebidamente con base en estas cláusulas y al pago de las costas del proceso.

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