A la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre la retroactividad de la devolución de las cláusulas suelo, que será previsiblemente en julio, vamos a desvelar las tres claves más importantes en las que fijarse sobre dichas cláusulas.

Suspensión de los recursos hasta que el TJUE resuelva

El 12 de abril de 2016, la sala de lo Civil del Tribunal Supremo tomó la decisión de suspender la tramitación de un recurso interpuesto por Unicaja Banco S.A. en un caso de cláusulas suelo, a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva sobre la retroactividad de la devolución de las cláusulas suelo. Señala el Tribunal Supremo en relación a esta suspensión el hecho de que si dictase sentencia, no cabría interponer recurso alguno por la vía judicial, señalando además la cercanía de la fecha en la que el TJUE resolverá al respecto. De este modo suspende temporalmente el proceso a la espera de la ya mencionada resolución.

Bruselas advierte a España por su pasividad

El pasado mes de abril, la Comisión Europea notificó, en forma de procedimiento de infracción, al gobierno que, o bien adapta las leyes a la normativa comunitaria, o bien se arriesga a importantes multas. La postura de la Comisión Europea es clara, y así se lo ha remitido también al TJUE, el dinero de las cláusulas suelo debería devolverse en su totalidad, desde la firma de la hipoteca, en todas aquellas sentencias en las que se declaren nulas por abusivas. Explica además de forma clara y concisa que si algo es declarado nulo y abusivo, debe desaparecer y el cliente, el ciudadano, debe ser compensado completamente y no sólo en parte, como pasa ahora. Tanto el Gobierno como la Justicia española han sido reacios a aplicar la legislación europea, principalmente por miedo al impacto que podría suponer a un sector rescatado, como es la banca. Se estima que el impacto podría ser de unos 5.000 millones de euros. De todas formas, las entidades bancarias han estado cobrando esa cantidad, y el ciudadano no debería ser responsable de que éstas entidades hayan perdido o malversado su dinero.

Los Bancos contraatacan

Desde la resolución del Tribunal Supremo, los bancos han ido refinando una estrategia para evitar demandas judiciales, cambiar la cláusula suelo por un tipo fijo y la renuncia a emprender acciones judiciales. Éste tipo de contrato es un contrato basura. La entidad se pone en contacto con el cliente y le ofrece eliminar la cláusula suelo e imponer un tipo fijo inferior a la propia cláusula suelo, con la condición de no emprender acciones legales. Al principio sólo era una eliminación temporal, unos años en los que no aplicarían dicha cláusula y pasado ese tiempo volverían a aplicarla. Ahora lo más habitual es ofrecer al cliente un tipo fijo o un aumento del diferencial, a cambio de no emprender acciones judiciales contra la entidad. Este es sin duda el acuerdo más abusivo que se puede realizar con una hipoteca, comprar el silencio de los consumidores a cambio de migajas. De esta forma el banco se cubre contra futuras demandas a la par de asegurarse una rentabilidad mínima por las hipotecas. Y en vista de que se espera que el TJUE haga pública su resolución el 12 de julio, ésta estrategia se está volviendo más agresiva, dando sólo unos días, una semana a lo sumo, para tomar la decisión.

Sentencia de éxito

No podíamos terminar esta publicación sin antes subir una nueva sentencia ganada en contra de una cobertura de tipos de interés. El fallo a favor de nuestro cliente viene del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 2 de Calahorra, La Rioja, contra Banco Etcheverria. Firmado el 30 de marzo de 2016. En este caso, nuestro cliente al tener una cláusula suelo, el banco le ofreció un contrato de “Cobertura de Hipoteca”, que no es otra cosa que un SWAP en el tipo de interés, cambiando un tipo fijo por un tipo variable. El fallo declara nulos los contratos de “Cobertura de Hipoteca” y obliga a la entidad a devolver el dinero a nuestro cliente. La sentencia, a continuación: SENTENCIA SWAP CLÁUSULA SUELO JPI BANCO ETCHEVERRIA (CALAHORRA) 30.03.2016.

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