Un vecino de Mieres recupera más de 3.000 euros por la compra de acciones del Popular 

La jueza concluye que hubo “vicio en el consentimiento” en el momento de la suscripción de las acciones del Banco Popular

El juzgado de primera instancia de Mieres número 2 acaba de condenar al Banco Santander a devolver la cantidad de 3.321,25 euros a un cliente por la adquisición de acciones del Banco Popular.

La jueza ha considerado probado que existió vicio en el consentimiento en el contrato de acciones del Banco Popular.

La situación real de la entidad demandada en el momento de suscripción de las acciones del Banco Popular por parte del demandante, así como la falta de comunicación de la misma de una forma clara y transparente, determinó la existencia de un error en el consumidor, que suscribió las acciones del Banco Popular sin conocer la realidad del banco, muy diferente de la que el banco daba a entender.

La sentencia declara nulo el contrato de acciones del Banco Popular

Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados, afirma: “Nos enorgullece haber recuperado los ahorros de nuestro cliente, que invirtió en comprar acciones del Banco Popular, así como iniciar el curso legal obteniendo una sentencia favorable.”

Y continúa: “Ya son doce las sentencias estimadas que hemos logrado desde que el Banco Popular fue intervenido. Sentencia a sentencia estamos consiguiendo que se consolide un criterio jurisprudencial en Asturias muy importante para los afectados por la compra de acciones del Banco Popular y todo un referente a escala nacional.”

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies. ACEPTAR

Aviso de cookies
LinkedIn
LinkedIn
Share