
Las obligaciones subordinadas son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad – la quiebra o bancarrota -, ya que está subordinado al pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios.
Esto quiere decir que, en caso de quiebra de la sociedad, primero cobrarán los acreedores ordinarios y luego, si queda un remanente en los activos, podrán cobrar los poseedores de este tipo de deuda.
En el caso de las entidades de crédito esta deuda es considerada, junto a las participaciones preferentes, un instrumento híbrido de capital, en el sentido de que cumple ciertos requisitos que lo asemejan parcialmente al capital ordinario de las entidades de crédito y es computable como recursos propios de las entidades.
Las OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJASTUR no constituyen un depósito bancario y además, en caso de quiebra de la entidad financiera, no están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos, ya que no se consideran “depósitos en dinero y en valores u otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de crédito.”
Son valores como hemos mencionado, que conllevan riesgos elevados, que no se le explicaron en ningún caso a mi mandante consistentes en los siguientes:
1) Riesgos de subordinación y prelación de los inversores ante situaciones concursales: Las obligaciones subordinadas de esta Emisión, se sitúan, en caso de insuficiencia de fondos de Emisión, insolvencia o liquidación del mismo, por detrás de todos los acreedores privilegiados y comunes del Emisor y al mismo nivel.
2) Riesgo de liquidación de la Emisión. La Emisión podrá ser liquidada cuando se produzca la liquidación o disolución del Emisor, o la reducción del capital social del mismo.
3) Riesgo de amortización por parte del Emisor. El Emisor podrá amortizar total o parcialmente la Emisión. En ningún caso las Obligaciones serán amortizables a solicitud de los clientes.
4) Riesgo de liquidez. Al quedar admitidas las Obligaciones Subordinadas a cotización en el Mercado AIAF de Renta Fija, su precio de cotización podrá evolucionar favorable o desfavorablemente en función de las condiciones de mercado, pudiendo situarse en niveles inferiores a su valor nominal. La liquidez de estas Obligaciones Subordinadas derivará de su cotización en el Mercado AIAF.
No existe garantía de liquidez rápida y fluida.
5) Riesgo de pérdida de principal. Las OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJASTUR son valores de riesgo elevado, que pueden generar pérdidas en el nominal invertido. En caso de que el precio de venta en el Mercado esté por debajo del precio de emisión, los inversores perderán parcialmente el importe invertido, pérdida que podrá ser total.
6) Riesgo de crédito del emisor. El riesgo de crédito del emisor se define
como la pérdida que puede producirse ante el incumplimiento de los pagos o
demora en los mismos por parte de la Entidad Emisora.
7) Riesgo de rentabilidad. Las OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJASTUR ofrecen una remuneración que no está garantizada a expensas del Emisor.
En el folleto de emisión de las OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJASTUR se recogen los siguientes riesgos:
Factores de riesgo del Emisor:
Caja de Ahorros de Asturias, como entidad financiera, asume los riesgos inherentes a su actividad, básicamente de interés y precio. Los principales factores de riesgo que podemos señalar son:
Riesgo de crédito: Es el riesgo de pérdida que se puede producir ante el incumplimiento de los pagos por parte de los acreditados. Como consecuencia de la clara orientación a la banca al por menor, este riesgo es fundamentalmente de naturaleza minorista, estando diversificado por criterio geográfico y de clientes.
Riesgo de mercado: Es el riesgo de pérdida en el precio de mercado de una posición, como consecuencia de movimientos futuros adversos de los factores de riesgo que determinan el valor de la misma. Este riesgo deriva de la actividad en los mercados financieros mayoristas, si bien la orientación de la actividad de CAJASTUR es de banca al por menor.
Riesgo de tipo de interés de balance: Es el riesgo de incurrir en variaciones negativas del valor económico del balance o del margen de intermediación, consecuencia del efecto de los movimientos de las curvas de tipos de interés en los tipos a los que se renuevan las distintas masas del balance. CAJASTUR presenta unos riesgos por tipo de interés a 31 de diciembre de 2008 en donde el valor económico del grupo variaría tan sólo un 2,14% de los recursos propios ante variaciones de un 2% de los tipos de interés. (El nuevo acuerdo de capital de Basilea II solamente prevé requerimientos específicos de recursos propios para variaciones del valor económico de la Entidad superiores a un 20% de los recursos propios ante variaciones de un 2% de los tipos de interés).
Riesgo operacional: Eventuales quebrantos derivados de sucesos inesperados, relacionados con la infraestructura humana, tecnológica o con los procedimientos establecidos.
Factores de riesgo de la Emisión:
Riesgos de subordinación y prelación de los inversores ante situaciones concursales: Las obligaciones subordinadas de esta Emisión se sitúan en caso de insuficiencia de fondos del Emisor, insolvencia o liquidación del mismo, por detrás de todos los acreedores privilegiados y comunes del Emisor y al mismo nivel que sus acreedores subordinados.
Pérdidas de liquidez: Es el riesgo de que no se encuentre contrapartida en el Mercado. En este sentido, las obligaciones emitidas al amparo de la presente Nota de Valores serán admitidas a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Adicionalmente, el Emisor ha firmado contrato de liquidez con la Confederación Española de Cajas de Ahorros.
Riesgo por fluctuación del tipo de interés: La rentabilidad que se pueda obtener por la inversión en los valores de la presente Emisión, estará sometida a fluctuaciones de los tipos de interés.
Riesgos por amortización anticipada: Se establecen cláusulas de amortización anticipada por la Entidad Emisora: el Emisor podrá amortizar totalmente la emisión, a la par, libre de gastos y comisiones, previa autorización del Banco de España, a partir de los cinco años a contar desde la última fecha de desembolso.
Riesgo de mercado: Las obligaciones subordinadas, una vez admitidas a negociación, estarían sometidas a posibles fluctuaciones de sus precios en el mercado en función, principalmente, de la evolución de los tipos de interés y de la duración de la inversión, de las condiciones de mercado y de las condiciones económicas generales. En función de la evolución de dichas condiciones, estas Obligaciones Subordinadas podrían llegar a negociarse por debajo de su precio de emisión.
Calidad Crediticia de la Emisión: Las obligaciones que se emitan al amparo de la presente Nota de Valores no han sido calificadas por Agencia de calificación alguna.
Riesgo de crédito: Los valores incluidos en la presente Nota de Valores están sujetos al riesgo de pérdida en caso de deterioro de la estructura financiera del emisor, que puede conllevar ciertos riesgos en el pago de los intereses y/o principal de los valores y por tanto generar una disminución del valor de la inversión.
La red comercial de Cajastur colocó estos valores por importe de 200 millones de Euros en apenas un mes entre sus clientes minoristas como un producto garantizado, sin riesgos y con liquidez inmediata.
VALLVERDU ABOGADOS ha presentado numerosas demandas contra LIBERBANK por entender que hubo una deficiente comercialización pues nunca se explicaron los riesgos que conllevan este tipo de productos.
Afortunadamente VALLVERDU ABOGADOS ha obtenido sentencias estimatorias con costas.