UNA NUEVA SENTENCIA ACREDITA LA MALA PRAXIS DEL POPULAR EN SU AMPLIACIÓN DE CAPITAL

Desestimado el recurso de apelación interpuesto por Banco Santander por la adquisición de acciones en la ampliación de capital de Banco Popular

El Santander sigue pagando cara la ampliación de capital del Popular. En esta ocasión ha sido la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Oviedo la que ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la entidad bancaria por la adquisición de acciones en la ampliación de capital del Banco Popular.

Se trata, además, de la primera sentencia estimatoria tras la aportación del informe de los peritos del Banco de España a la Audiencia Nacional la semana pasada, en el marco de la investigación sobre el proceso de venta de la entidad financiera al Santander.

La sentencia, emitida ayer, recoge que la información incluida en el folleto informativo con el que Banco Popular comercializó las acciones de la ampliación de capital no permitía al cliente conocer la verdadera situación de la entidad financiera.

De igual modo, la sentencia dice que en el folleto se presenta al banco como una entidad financiera solvente, sin embargo, “todo apunta a que la entidad financiera venía arrastrando problemas de solvencia desde años atrás, de manera que la ampliación de capital llevada a cabo en el año 2.012 pudo quedar insuficiente, según declaró el Presidente del Banco de España en su comparecencia ante la Comisión de investigación de las Cortes.”

Además, en el informe pericial presentado con la demanda se acredita que, en la nota de valores utilizada para la comercialización, se establecieron unas ratios que no obedecían a la realidad.

Rubén Cueto Vallverdú, socio director de Vallverdú Abogados afirma: “es la séptima sentencia estimatoria consecutiva que logramos y entendemos que es muy relevante, porque recoge que Banco Popular arrastraba importantes problemas de solvencia desde el año 2012, como hemos defendido y demostrado en otros casos. Además, es una sentencia muy importante, no sólo porque es la primera de una Audiencia Provincial tras la aportación del informe de los peritos del Banco de España a la Audiencia Nacional, sino también porque la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo había fallado en sentido contrario anteriormente, dando la razón al Banco Santander.”

En el presente caso, Banco Popular había financiado al cliente para la adquisición de acciones y su sucesor, Banco Santander, interpuso un procedimiento de ejecución embargando las cuentas del cliente, es decir, no sólo le arruinaron con las acciones del Banco Popular sino que le han dejado sin comer por los embargos que en la actualidad le han trabado. Según Cueto, “este hecho acredita la mala fe con la que está actuando el Banco Santander en el fenómeno acciones Banco Popular.”

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