¿QUÉ SON OBLIGACIONES SUBORDINADAS BANCO POPULAR?

Las OBLIGACIONES SUBORDINADAS BANCO POPULAR son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda, a un vencimiento determinado. Transcurrido el plazo, el tenedor recupera íntegramente el capital invertido.

 

¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR?

Toda persona física o jurídica que lo haya suscrito. Este tipo de contratos son comercializados mediante la red comercial a todo tipo de cliente, con independencia de su liquidez.  En el caso del Banco Popular existen numerosas emisiones de los años 2010-2012.

 

¿QUÉ SE PUEDE RECLAMAR?

Siguiendo la evolución de la jurisprudencia y la actualidad de la doctrina, se reclama el perjuicio económico causado como consecuencia de una deficiente comercialización del producto. La mayoría de estos contratos obedecen a la necesidad de financiación de la entidad que los emite.

Hemos obtenido sentencias favorables de la totalidad de las demandas planteadas: la última, ante el juzgado de primera instancia nº 2 de Donosti (Guipúzcoa).

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