Permuta Financiera SWAP BanestoReclamamos y ganamos contra el Swap de Banesto, hoy Banco Santander. La Audiencia Provincial de Logroño nos ha vuelto a dar la razón en el caso de un afectado por un Swap de Banesto, hoy Banco Santander. Con fecha 22 de julio de 2013, el juzgado de primera instancia declaró la nulidad del contrato de permuta financiera de tipos de interés con tipo creciente y convertible a tipo variable con subvención, con sus condiciones generales y con sus condiciones particulares suscrito el 23 de marzo de 2004 y sus posteriores renovaciones de 12 de abril de 2005, denominada permuta financiera de tipos de interés con tipo fijo creciente en rango, y 21 de junio de 2006, denominado contrato de permuta financiera de tipos de interés con tipo de interés creciente y convertible a tipo variable, con sus correspondientes condiciones generales, condiciones particulares y anexos.

CAP o techos; SWAPS de tipo de interés; COLLAR.

En la sentencia contra el SWAP de Banesto, hoy Banco Santander, que más abajo podrás descargar, en uno de los fundamentos de derecho se analiza el contrato suscrito entre las partes y la normativa aplicable a él, con especial referencia al deber de información. En ese fundamento del derecho se ponía de relieve los diferentes tipos de instrumentos de cobertura que clasificaba el juzgador en tres grandes grupos, cuyos conceptos explicaba expresamente, añadiendo que las entidades financieras habían combinado las características de esos tres tipos básicos estando, en definitiva, ante una modalidad de permuta financiera:
  • CAP o techos.
  • SWAPS de tipo de interés.
  • COLLAR.

Los bancos y cajas tienen el deber de información sobre los productos que comercializan.

Una de las partes fundamentales de esta sentencia contra el SWAP de Banesto se centra en el deber que tienen los bancos y cajas de informar clara y extensamente sobre los productos financieros que comercializan. En marzo de 2004, en la fecha que se firmó en contrato de permuta financiera SWAP, Banesto estaba bajo la obligación del deber de información. Ya en esta fecha, estaba en vigor un cuerpo legislativo que imponía a las entidades bancarias un especial deber de información en la comercialización de los productos. Entendía que Banesto estaba obligado respecto del deber de información, lo que suponía que los contratos financieros podían ser atacados por vicios de nulidad, especialmente por vicios del consentimiento, en base a error ante una clara desinformación del producto suscrito. Una cosa quedó clara, Banesto no pudo acreditar que la entidad hubiese informado del modo adecuado, completo y comprensible tratándose de un contrato complejo como se desprendía del informe pericial.

Perfil del cliente del SWAP Banesto.

Por último, teniendo en cuenta el perfil no inversor del afectado por la permuta financiera SWAP Banesto, queda retratado de nuevo el banco en su obligación, no desarrollada, de tener que informar detalladamente de que es una permuta financiera SWAP, en que consiste una permuta fiannciera SWAP y obligaciones y derechos del inversor en una permuta financiera SWAP. Para conocer más detalles de este caso en el que reclamamos y ganamos contra el SWAP de Banesto, hoy Banco Santander, puedes descargar la sentencia: Sentencia contra Banesto por la permuta financiera SWAP. Banco Santander (Logroño) 06.03.2015]]>

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies. ACEPTAR

Aviso de cookies
LinkedIn
LinkedIn
Share