La semana pasada el juzgado nº 2 de Donosti nos estimó la nulidad de la suscripción de Obligaciones Subordinadas Banco Popular condenando al Banco Santander a devolver al afectado más de 300.000 €.
Desde el año 2014 hemos obtenido sentencias estimatorias contra el Banco Popular, sentencias que condenan al Santander devolver al cliente el capital invertido.
Hemos estudiado todas las emisiones y hemos conseguido impugnar la contratación de las mismas demostrando la falta de evaluación anterior del perfil del cliente conforme a la normativa MIFID I, la ausencia de información precontractual y el déficit de información de los riesgos.
Los productos de renta fija emitidos por Banco Popular sirvieron para maquillar su imagen de solvencia desde el año 2009 hasta que la entidad fuera intervenida. Se solían colocar entre los clientes de la entidad que mantenían una confianza ciega en la solidez financiera de Banco Popular.
La deuda emitida adoptaba diferentes variables: Bonos, Preferentes, Subordinadas, Convertibles, Canjeables, etc… y siempre se vendían como productos garantizados al vencimiento con una atractiva rentabilidad.
La CNMV impuso numerosas sanciones a Banco Popular por la comercialización de estos valores complejos entre sus clientes minoristas porque no se habían evaluado correctamente sus conocimientos ni su experiencia: de haberlo hecho, lo más probable es que no se hubieran cubierto las emisiones.
Afortunadamente, todos los clientes que nos han contratado han recuperado el capital invertido. A día de hoy todavía se pueden emprender acciones legales encaminadas a impugnar los contratos suscritos y resarcir el dinero estafado.