El próximo miércoles 13 de julio está previsto que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emita sus conclusiones sobre la retroactividad de las cláusulas suelo. Hemos hablado sobre la retroactividad de las cláusulas suelo en varias ocasiones, como ésta o ésta otra, pero a falta de dos días para que el TJUE se pronuncie, vamos a repasar de qué estamos hablando y qué hacer en cuanto se hayan pronunciado. Además, traemos una sentencia ganada contra las cláusulas suelo el pasado mes de abril.

Retroactividad de las cláusulas suelo

Hasta ahora, en todas las demandas contra cláusulas suelo que hemos presentado, el tribunal ha fallado a nuestro favor, condenando la las entidades a devolver el dinero, pero sólo desde el 9 de mayo de 2013, fecha en la cual el Tribunal Supremo declaró ilegales dichas cláusulas debido a la fuerte opacidad de sus condiciones. Por eso en todas las sentencias contra cláusulas suelo que hemos traído a esta sección de publicaciones declaran lo mismo, la devolución desde dicha fecha. Lo que entró a valorar entonces el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es si se deberían declarar nulas las mencionadas cláusulas con carácter retroactivo. De declararse la retroactividad de las cláusulas suelo, las entidades demandadas deberán devolver el dinero cobrado de más desde la fecha de formalización de la hipoteca.

El impacto de la retroactividad de las cláusulas suelo

Si, como se espera, se cumple que el TJUE declara nulas con carácter retroactivo las cláusulas suelo, el impacto económico para las entidades bancarias tenedoras de acuerdos hipotecarios podría ascender hasta los 7.600 millones de euros. Cantidad que pasaría a engordar las facturas pendientes que tienen los bancos. La entidad financiera más afectada sería el BBVA, con 1.815 millones de euros, seguida de CaixaBank, con 660 millones, Banco Popular con 334 millones y Bankia con 160 millones de euros. Éstos datos corresponden a cálculos realizados por el Grupo Goldman Sachs de banca e inversión.

Sentencia contra las cláusulas suelo de Caja de España

Muchos son los casos paralizados en los tribunales a la espera de que el TJUE se pronuncie, que se reactivarán a partir de la semana que viene. Hoy os traemos una sentencia contra una cláusula suelo del banco Caja de España, emitida el 21 de abril de 2016 por el Juzgado de 1ª Instancia y Mercantil nº8 de León, en la que el juez falla a favor de nuestro cliente, declarando nula la cláusula suelo y obligando a la entidad a devolver el dinero desde el 9 de mayo de 2013. Podéis descargar la sentencia a continuación: SENTENCIA CLÁUSULA SUELO CAJA ESPAÑA (LEON) 21.04.2016

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