Hoy os traemos un hito histórico. Hoy es uno de esos días en los que la justicia castiga de forma implacable las injusticias, y pone orden. Hoy os traemos una sentencia del Tribunal Supremo, donde conseguimos que se anulen las Aportaciones Financieras Subordinadas de Eroski y Fagor, sentando precedente para los casos que hayan de venir y protegiendo a más de 40.000 afectados. Hoy se ha hecho justicia.

Medios que se han hecho eco de la noticia

Aquí tenéis una lista de enlaces a los medios de comunicación que hasta el momento se han hecho eco de la noticia:

Antecedentes

Para comprender el alcance de esta noticia, vamos a empezar por el principio. Vallverdú Abogados fuimos el primer despacho en interponer una demanda de nulidad de los contratos de adquisición de las AFS Eroski y de las AFS Fagor. El 19 de noviembre de 2012 presentamos una demanda contra un producto financiero de deuda perpetua, contra las Aportaciones Financieras Subordinadas de Eroski y Fagor, adquiridas en el año 2004. Entonces ganamos el juicio, fallando el Tribunal de Primera Instancia a favor de nuestro cliente y anulando el contrato de adquisición de las AFS. Caja Laboral, la entidad que comercializó las AFS a nuestro cliente, decidió recurrir en apelación la sentencia, consiguiendo anular nuestra victoria. Pero eso no nos desanimó. Sabíamos que, con la razón de nuestro lado, no podíamos dejar las cosas así y decidimos seguir peleando. Entonces interpusimos recurso de casación ante la Audiencia Provincial, que remitió las actuaciones al Tribunal Supremo. Y eso nos trae hasta hace 15 días, cuando el Tribunal Supremo se pronuncia, desestimando el recurso de apelación interpuesto por Caja Laboral, y dándonos por tanto la razón, anulando las AFS y condenando a la entidad a pagar las costas del recurso de apelación. Os dejamos la sentencia a continuación, para que podáis descargarla: SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO CAJA LABORAL (MADRID) 30.11.2016.

¿Por qué es importante?

Esta sentencia no sólo es importante, sino también un hito en la lucha de los más de 40.000 afectados contra las AFS de Eroski y Fagor. Con ella, el Tribunal Supremo zanja de una ver por todas el conflicto judicial por la deuda perpetua que supuso la adquisición de Aportaciones Financieras Subordinadas. Esto es porque la comercialización de productos financieros complejos ha de hacerse bajo el deber de informar de forma detallada sobre los mismos. Según el propio Tribunal:

“cuando, como ocurre en la contratación en el mercado de valores, el ordenamiento jurídico impone a una de las partes un deber de informar detallada y claramente y con la necesaria antelación a la contraparte sobre las presuposiciones que constituyen la causa del contrato, como es el caso de los riesgos en la contratación de productos y servicios de inversión, para que el potencial cliente pueda adoptar una decisión inversora reflexiva y fundada, la omisión de esa información, o la facilitación de una información inexacta, incompleta, poco clara o sin la antelación suficiente, determina que el error de la contraparte haya de considerarse excusable”.

Para nosotros es una enorme satisfacción el haber logrado que más de los 40.000 afectados por el fenómeno AFS Fagor y AFS Eroski tengan un importante precedente para poder recuperar sus ahorros.

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