Recientemente hemos obtenido como abogado de empresa una sentencia estimatoria en el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Bergara contra Caja Laboral en relación a unas Aportaciones Financieras Eroski.

Esta sentencia es, significativamente importante, porque el demandante era una persona jurídica, en concreto se trata de una empresa de mecanizados a quien la entidad bancaria le había colocado las AFS para optimizar su tesorería.

Inversiones a corto – Inversiones a largo

Dentro de nuestros servicios como despacho de abogados especializado en banca y la comercialización de sus productos financieros, esta empresa de mecanizados se puso en contacto con nosotros para actuar como abogado de empresa y defender sus derechos, en este caso, frente a Caja Laboral.

La peculiaridad del caso es que el dinero colocado en las AFS era para corto plazo pues estaba destinado para la adquisición de maquinaria, y siendo conocedor el comercial de la entidad de esta situación, nunca advirtió a la empresa de los verdaderos riesgos del producto, principalmente su carácter perpetuo.

Problemas de liquidez, ¿cómo lo soluciono?

Teniendo en cuento lo que hemos comentado respecto a la retención del dinero, la empresa no pudo disponer del mismo durante todo el período de crisis, esto supuso auténticos problemas de liquidez, no pudiendo invertir en la maquinaria necesaria para poder competir en los mercados.

Afortunadamente, y con independencia de su condición de persona jurídica, esta empresa solucionó este problema contratando este despacho de abogados y nuestro servicio de abogado de empresa, automáticamente nos pusimos manos a la obra estudiando el caso en profundidad, escuchando a la empresa y sus propietarios, y tomando las decisiones correctas para la redacción de la demanda.

Éxito como abogado de empresa

Después de tantos años gestionando las reclamaciones de empresas en todo el territorio nacional, nos dimos cuenta que nuestro éxito se centra fundamentalmente gracias a nuestro método de trabajo, y gracias a este, obtuvimos esta sentencia estimatoria que permitió que esta empresa de mecanizados pudiera recuperar su liquidez y disponer del dinero para afrontar sus próximos proyectos.

Pero no sólo es eso, sino que además oficiamos al agente de cálculo que constaba en el contrato, en el presente caso el BBVA, y contestó que no tenía conocimiento alguno de formar parte del contrato. Este hecho gravísimo implica que, una cláusula incorporada en un contrato mercantil no existe, con lo que una de las partes queda al arbitrio de la otra.

Desde aquí instamos a todas las empresas afectadas por productos financieros de la banca a solicitar un asesoramiento inicial para que un abogado de empresa especializado pueda informar de las posibilidades reales de demandar, reclamar y recuperar su pérdida patrimonial con independencia del perfil o experiencia inversora, dejando acreditado un manifiesto “incumplimiento del contrato”.

Tal y como viene siendo habitual en nuestras publicaciones, a continuación compartimos la sentencia que acredita lo comentado en esta noticia, nuestro servicio como abogado de empresa tiene resultados y conseguimos recuperar el dinero que la banca, a través de sus productos financieros, ha querido retener o disponer sin el total convencimiento de nuestros clientes.

SENTENCIA AFS CAJA LABORAL (BERGARA) 28.06.2017

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