Los SWAP o permutas financieras no es un tema que traigamos muy a menudo a esta sección de publicaciones. Pero sí que es uno de los temas que más confusión crean a nuestros clientes, que no saben si han sido engañados o los problemas financieros que los SWAP les acarrean son fruto de su desconocimiento en la materia. Por eso hoy aprovechamos una sentencia a favor nuestro para arrojar un poco de luz sobre este derivado financiero con el fin de hacerlo más comprensible. Comenzamos con la sentencia, emitida por la UPAD de 1ª Instancia e Instrucción Nº2 de Bergara, Gipuzkoa que nos da la razón contra el Banco Cooperativo Español S.A. y Caja Rural de Navarra S. Coop. de crédito. Por tanto falla a nuestro favor estimando la demanda ydeclarando nulo el contrato por error o vicio en el consentimiento, un defecto que estamos viendo demasiado a menudo cuando se trata de contratos con entidades financieras. Nuestro cliente decidió demandar cuando, en julio de 2010, recibe una liquidación negativa, es decir, le cuesta dinero. Entonces solicitó la resolución contractual, pero Caja Rural de Navarra le informó de que no era posible. Fue entonces cuando decidió ponerse en contacto con nosotros para informarse sobre este SWAP. Y es que una liquidación negativa, viola la supuesta gratuidad del producto, término por el que decidió contratar. El resto, como suele decirse, es historia. El tribunal falla a nuestro favor, obligando a las partes co-demandadas a restituir el dinero quedando las dos partes en la situación patrimonial anterior a la contratación. Además, condena en costas a las partes demandadas. Podéis descargar la sentencia en PDF desde el siguiente enlace:SENTENCIA SWAP CAJA RURAL NAVARRA (BERGARA) 10.12.2015.

SWAP, ¿cómo funciona?

Un SWAP de tipo de interés es un producto financiero concertado con la finalidad de protegerse el cliente de las subidas que puede acarrear los tipos de interés de aplicación a sus operaciones de pasivo. Es, por tanto, un mecanismo para estabilizar los costes financieros sujetos a la variación de los tipos de interés, intercambiándose flujos con la entidad financiera. El valor de los SWAP se basa en el precio de otro activo, denominado activo subyacente, y es en función de la fluctuación de éste activo, la variación del valor de SWAP. En este caso, el SWAP corresponde a los tipos de interés de de las cuotas mensuales de un préstamo hipotecario a tipo variable. Cuanto más suba el activo subyacente, menos paga el cliente en dichas cuotas, cuanto más baja, más paga, siendo una liquidación negativa cuando tienes que pagar además de la cuota y el interés, la variación del subyacente. Es, por tanto, un contrato bilateral y consensual con obligaciones recíprocas para las partes. Según los tipos referenciales pactados, si la liquidación produce un saldo negativo (cargo para el cliente) o si es positivo (abono para el cliente). Como vemos, es un producto financiero complejo, que ademáscotiza en el mercado de derivados, con un importante riesgo y sin posibilidad de cancelación anticipada. Un producto financiero apto sólo para expertos en materia financiera, siendo imprescindible conocer la naturaleza y previsiones de la evolución de los activos subyacentes. Los bancos y cajas llevan años colocando este tipo de productos a gente sin conocimientos financieros, y sin las pertinentes explicaciones de los riesgos y previsiones. En Vallverdú Abogados somos expertos en derecho bancario, y en impugnar este tipo de contratos complejos. Puedes ponerte en contacto con nosotros, y te asesoraremos sin compromiso.

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