El juzgado de primera instancia nº1 de Mieres dictó una sentencia estimando la nulidad de adquisición de acciones Banco Popular y condenando al Banco Santander a devolver esa cantidad.

El Santander tendrá que afrontar una vez más las consecuencias de la mala praxis del Popular. En esta ocasión es el juzgado de primera instancia nº1 de Mieres el que ha estimado la nulidad de un contrato de adquisición de acciones del Popular por la que el Santander tendrá que devolver más de 3.000 euros a una vecina de Mieres.

Según establece la jueza en la sentencia, “la situación financiera (de la entidad) recogida en el folleto informativo y las perspectivas del emisor no fueron reales, no reflejaban la imagen de solvencia hacia el futuro publicitada y divulgada, ni la situación económico-financiera real y, por ende, el incumplimiento de su deber de información debiendo ser estimada íntegramente la demanda. Y ello, porque a tenor de lo expuesto, resulta acreditado que la demandante, en el momento de la contratación, carecía de una información fidedigna sobre la solvencia y las perspectivas de la entidad emisora, de modo que únicamente contaba la información favorable publicitada conducente a una representación equivocada de la real situación financiera por la que atravesaba el banco emisor.”

Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados, dice: “empezamos 2020 recuperando los ahorros de un afectado más, otra víctima de los abusos de la banca y en concreto, otra víctima del Popular.  Pero el plazo se acaba este año y hemos de tener en cuenta que cada vez queda menos tiempo para demandar y que aquellos que no lo hagan antes del próximo 7 de junio se verán privados de hacerlo.”

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