Recientemente FAGOR ha solicitado el preconcurso de acreedores. Este desgraciado hecho, entre otros, ha conllevado el desplome de las AFS FAGOR en el mercado de Renta Fija, viéndose obligados los tenedores de las participaciones a asumir una pérdida patrimonial prácticamente del 100%. Dada la naturaleza de este producto financiero, los afectados por este producto nunca recuperarán su dinero pues se situarán, en un supuesto de liquidación de la sociedad, y según la prelación de cobro, al final de los acreedores. Se calcula que existen más de 10.000 afectados por este tipo de producto financiero. Las emisiones se colocaron entre clientes minoristas de la siguiente manera: La primera emisión fue realizada en diciembre de 2003 y en febrero de 2004 por valor de 60 millones de euros en este tipo de deuda, abonando un cupón de 3,5 puntos porcentuales más Euríbor a seis meses. La segunda emisión alcanzó la cifra de 125 millones de euros, cuya colocación se desarrolló entre junio y julio de 2006, abonando un cupón de 3,5 más Euribor a un año. Los encargados de la comercialización de estas emisiones fueron el Banco Santander, Caja Laboral y La Caixa en el año 2003 y 2004 y posteriormente se sumaron a esta mediación el BBK, BBVA y Banco Popular. En el momento de la comercialización de las emisiones del 2003, 2004 y 2006 aún no se había traspuesto a nuestro ordenamiento interno la Directiva MIFID, sin embargo existía una prolija legislación que amparaba al consumidor: al cliente minorista. El año pasado Vallverdu Abogados presentó una demanda de nulidad en Bergara contra Caja Laboral porque entendimos que era la entidad que había comercializado las AFS FAGOR Y EROSKI a nuestro mandante. El pasado septiembre nos notificaron la estimación de la demanda, condenando a CAJA LABORAL no sólo a devolver el dinero a nuestro mandante, sino también las costas. Evidenciamos en sala la legitimación de CAJA LABORAL así como la falta de información de la responsable de la entidad pues no había explicado los riesgos del producto ni la verdadera naturaleza del mismo. En el País Vasco presentamos una demanda prácticamente a la semana impugnando diferentes productos financieros como Permutas Financieras, Participaciones Preferentes, Bonos, Productos Estructurados, Clausulas Suelo, etc… y somos conocedores, de primera mano, de la situación en la que se encuentra FAGOR y las consecuencias que se generarán con el posible cierre de sus plantas de fabricación en el Valle del Deba. Ante esta situación, la única forma de que los tenedores de AFS FAGOR puedan recuperar sus ahorros es acudir a los tribunales mediante la interposición de una acción judicial individual e impugnar los contratos de adquisición por vicios en el consentimiento. En nuestra opinión, las demandas colectivas en este tipo de procedimientos no proceden, ya que, conforme a la Doctrina de nulidad por vicios en el consentimiento, hay que valorar , caso a caso y en cada situación particular. De no ser así, lo que suele suceder a la postre con este tipo de demandas es que el juzgador a quo no estime la demanda, viéndose obligados los afectados a presentar de nuevo una demanda individual con la consiguiente dilatación en el tiempo de su asunto. Lo único que podemos transmitir a todos aquellos tenedores de las AFS FAGOR es la necesidad y urgencia de que acudan a los tribunales a defender sus derechos. Somos conscientes, desde Vallverdu Abogados, de lo que supone presentar una demanda contra una entidad financiera, pues lo realizamos a diario. Sabemos la preocupación que causa a nuestros clientes ya que están en juego, nada más y nada menos, todos los ahorros de una vida. Afortunadamente, estamos logrando cada semana que nuestros mandantes recuperen su dinero. A Vallvedu Abogados nos aporta una indudable satisfacción compartir con ellos su alegría y sobre todo observar la tranquilidad con la que se quedan los pequeños ahorradores una vez finalizado el procedimiento.]]>

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